El Gobierno de Colombia, a través de los Ministerios de Hacienda y Agricultura, ha presentado un ambicioso proyecto que plantea un incremento del Impuesto Predial Unificado (IPU) entre un 50% y un 300%. Esta propuesta busca garantizar una base impositiva más equitativa y se enfoca en el valor catastral de las propiedades en áreas urbanas y rurales.
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Una propuesta de cambio significativo en el Impuesto Predial Unificado (IPU) de Colombia ha sido presentada por los Ministerios de Hacienda y Agricultura. El proyecto, denominado Iniciativa 292, busca modificar la tarifa del IPU en el país, basándose en el valor catastral de las propiedades, independientemente de si se encuentran en zonas urbanas o rurales.
Según esta iniciativa, los predios rurales y urbanos destinados a uso habitacional y comercial, cuyo avalúo catastral sea de 135 salarios mínimos vigentes (aproximadamente 156 millones de pesos al valor actual), experimentarán un aumento mínimo del 50% en el Impuesto Predial.
De manera similar, los predios rurales con un avalúo catastral equivalente y destinados a vivienda, comercio, infraestructura, producción agropecuaria, instituciones, áreas de conservación y protección se verán sujetos al mismo incremento.
Para los predios con un avalúo catastral superior a 135 salarios mínimos y menor a 250 salarios (alrededor de 290 millones de pesos), el aumento será del 100%. Aquellos que superen los 250 salarios pero estén por debajo de los 350 salarios mínimos mensuales (aproximadamente 406 millones de pesos) tendrán un ajuste del 150%. Para los predios cuyo avalúo sea superior a 350 salarios mínimos y menor a 500 salarios (alrededor de 580 millones de pesos), el impuesto predial aumentará en un 200%. Finalmente, las propiedades que superen este último rango estarán sujetas a un incremento del Impuesto Predial de hasta un 300%.
Este proyecto consta de cuatro artículos que establecen las pautas para llevar a cabo los ajustes del Impuesto Predial y detallan las circunstancias en las que no se aplicarán tales modificaciones.
La iniciativa contempla que estos ajustes no se aplicarán a predios que se incorporen por primera vez a la base catastral, a lotes urbanizables no urbanizados y a predios rurales con licencia de parcelación no desarrollados y sin uso agropecuario.
Mauricio Moreno. EL TIEMPO |
Por qué se implementa el cambio
El Gobierno justifica la necesidad de este cambio con el objetivo de aplicar los principios tributarios de equidad, eficiencia, progresividad y retroactividad establecidos en la Constitución. El Estado argumenta que la valoración catastral de las propiedades no refleja con precisión su realidad económica, ya que con el tiempo pueden haberse depreciado o valorado de manera inexacta. Esto dificulta determinar si se está pagando o cobrando un impuesto justo y equitativo, según lo establece la ley.
Además, el proyecto busca eliminar las exoneraciones contenidas en la Ley 1995 del 2019, que afectan a los predios que han sido objeto de construcción o edificación, lo que permite la actualización catastral en función de los cambios realizados.
Ingresos por el IPU
Según el Gobierno, los ingresos municipales y totales derivados del IPU en Colombia superan el promedio de otras economías latinoamericanas en un 1,1%. Sin embargo, el porcentaje de ingresos en relación con el Producto Interno Bruto (PIB) del país ha disminuido de 0,8% en 2021 a 0,67% al año siguiente. Esto se tradujo en ingresos de 9,8 billones de pesos. Además, se destaca que la mayor parte de los ingresos proviene de ciudades como Bogotá y Medellín, lo que se busca modificar para darle a otros territorios una mayor participación en el recaudo del impuesto.
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